UGT considera que la sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 2026 reabre de forma clara el debate jurídico y social sobre la adecuación del actual sistema español de indemnizaciones por despido y sobre la necesidad de adaptar nuestra legislación laboral a los estándares internacionales y europeos de protección frente al despido injustificado y el abuso en la temporalidad.
La resolución del Tribunal Supremo, al analizar las exigencias derivadas del Derecho de la Unión Europea y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, incorpora conceptos doctrinales que presentan evidentes similitudes con las propuestas que el sindicalismo confederal viene defendiendo en los últimos años en el marco de la plataforma sindical unitaria que presentamos los sindicatos mayoritarios
En particular, la sentencia introduce elementos esenciales como la necesidad de una indemnización mínima efectiva frente a situaciones abusivas y la posibilidad de reconocer indemnizaciones adicionales a las legalmente tasadas cuando las indemnizaciones ordinarias no permitan reparar íntegramente el daño sufrido por la persona trabajadora.
La resolución judicial admite expresamente que la mera indemnización legal ordinaria puede no resultar suficiente para garantizar una respuesta plenamente reparadora y disuasoria frente al abuso, abriendo la puerta a indemnizaciones complementarias vinculadas al daño efectivamente causado. Una construcción jurídica que conecta directamente con la propuesta sindical de establecer mecanismos indemnizatorios adecuados, disuasorios y reparadores, en línea con la Carta Social Europea, el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo y la doctrina europea más reciente.
Asimismo, la referencia del Tribunal Supremo a la necesidad de que exista una consecuencia económica real y efectiva frente al abuso enlaza con la reivindicación sindical de establecer una indemnización mínima conforme a estándares europeos, evitando que la reparación quede reducida a cantidades meramente simbólicas o a simples costes de gestión asumibles para las empresas o las Administraciones Públicas.
La propuesta sindical unitaria ya advertía de que el actual modelo de despido continúa incumpliendo estándares internacionales de protección y de que el despido injustificado se ha convertido en demasiadas ocasiones en un mero coste asumible de gestión empresarial, carente de verdadero efecto disuasorio. Por ello, ambas organizaciones sindicales plantean expresamente reforzar las indemnizaciones tasadas, recuperar su carácter disuasorio, establecer una indemnización mínima y permitir que los órganos judiciales puedan fijar indemnizaciones adicionales destinadas a reparar el daño real causado.
UGT considera que la coincidencia entre parte de los planteamientos doctrinales recogidos por el Tribunal Supremo y las reivindicaciones sindicales evidencia que el debate sobre la reforma del despido y sobre la suficiencia del actual sistema indemnizatorio ya no puede seguir aplazándose.
Por ello, el sindicato considera imprescindible abordar esta cuestión de manera inmediata en el marco del diálogo social abierto en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, al que las organizaciones empresariales deben acudir con voluntad real de negociación y adaptación del marco jurídico español a las obligaciones internacionales asumidas por nuestro país.
España debe avanzar hacia un sistema plenamente compatible con el Convenio 158 de la OIT, con la Carta Social Europea revisada, con las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales y con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la normativa comunitaria en materia de tutela efectiva frente al despido y frente al abuso en la temporalidad.
La adecuación del sistema indemnizatorio español no constituye únicamente un debate técnico jurídico. Supone decidir qué modelo de relaciones laborales quiere construir nuestro país: uno basado en la estabilidad en el empleo, la causalidad y la protección efectiva de los derechos de las personas trabajadoras; o uno en el que el despido injustificado continúe funcionando como un mecanismo barato y ordinario de flexibilidad empresarial.
UGT reitera que el diálogo social ha demostrado en los últimos años ser el mejor instrumento para modernizar las relaciones laborales, mejorar la calidad del empleo y reforzar la cohesión social. Por ello, emplaza a las organizaciones empresariales a participar activamente en este proceso de reforma, con el objetivo de construir un sistema de protección frente al despido plenamente alineado con los estándares democráticos, sociales y laborales europeos.