Solicitud de comisiones de servicio 2012
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, quienes deseen solicitar una comisión de servicio deberán cumplimentar el formulario web correspondiente que figura en el portal de la Consejería de Educación y que se podrá imprimir a continuación. La cumplimentación de dicho formulario generará una solicitud identificada con un número.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, quienes deseen solicitar una comisión de servicio deberán cumplimentar el formulario web correspondiente que figura en el portal de la Consejería de Educación y que se podrá imprimir a continuación. La cumplimentación de dicho formulario generará una solicitud identificada con un número.
Las solicitudes así cumplimentadas se podrán presentar en los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, dichas solicitudes también podrán teletramitarse, mediante el uso de claves privadas compartidas enviadas al terminal móvil de la persona solicitante.
- Acceso al formulario para comisiones provinciales e interprovinciales.
- Sólo para el personal de otras Comunidades Autónomas que solicitan Comision de Servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Acceso al formulario para el personal de otras Comunidades Autónomas.