La reforma del subsidio conlleva un avance pero deja aún pendientes aspectos relevantes de la protección por desempleo

La reforma del subsidio conlleva un avance pero deja aún pendientes aspectos relevantes de la protección por desempleo

La reforma del subsidio por desempleo verá la luz este próximo martes en el Consejo de Ministros y que además permitirá que Bruselas dé el visto bueno y no bloquee los 10.000 millones de euros de los fondos europeos para nuestro país. Desde UGT Andalucía, manifestamos que ha habido una ausencia de un proceso de diálogo social, pese a que la reforma estaba comprometida desde 2015 por sucesivos gobiernos y que, en esta ocasión hemos demandado, sin éxito en este apartado concreto, la convocatoria de la mesa de Diálogo Social, de forma reiterada. Entendemos por ello, que esta reforma da cumplimiento al hito comprometido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, pero deja aún pendientes aspectos relevantes de la protección por desempleo, por lo que emplazamos al Ministerio de Trabajo a abordarlas.

21/12/2023 |

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Esta Reforma del subsidio de paro forma parte del Plan Europeo de Recuperación y Resiliencia, que se supone debía llevarse a cabo a finales del año 2022. Según el Gobierno la reforma va a simplificar el subsidio, se va a eliminar el mes de espera para poder solicitarlo y se va a ampliar la cobertura a más número de colectivos.

Una de las novedades es que aumenta la cuantía y va decreciendo en los meses de percepción, pero sin recortes con respecto a lo que ahora mismo se está percibiendo, es decir, se comenzará a percibir 570 euros al mes (actualmente son 480 euros) en un inicio, durante los primeros seis meses, cuando pasará a los 540 euros en los siguientes seis meses y se mantendrá en los 480 actuales en el resto de duración de la prestación (es decir, que las cuantías será del 95% del IPREM los primeros 6 meses, luego pasará al 90% y por último, se mantendrá en el 80% del valor del IPREM vigente en cada periodo). Este aumento hay que decir que se aplicará a los nuevos reconocimientos del subsidio, no a los anteriores y tampoco hay cambios en la cuantía del subsidio para mayores de 52 años en su cuantía del 80% del IPREM.

Además, se amplía el número de beneficiarios porque se incorpora a dos colectivos hasta ahora excluidos: Personas desempleadas menores de 45 años sin cargas familiares; Mayores de 52 años con cargas familiares, aunque la familia entera sume rentas por encima de un umbral determinado; La reforma añade a la protección a los eventuales agrarios y a las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla.

Otra de las novedades es que se amplía la velocidad de la concesión y ya no habrá que esperar un mes para empezar a recibirlo. El mes de espera se elimina.

Una de las novedades más importantes es que este subsidio será compatible durante 6 meses con un empleo por cuenta ajena, es decir, se puede compatibilizar entre percibir el subsidio y el empleo hasta 180 días como fórmula para poder facilitar la transición al mercado de trabajo de las personas desempleadas.

 

Desde UGT Andalucía, manifestamos que ha habido una ausencia de un proceso de diálogo social, pese a que la reforma estaba comprometida desde 2015 por sucesivos gobiernos y que, en esta ocasión hemos demandado, sin éxito en este apartado concreto, la convocatoria de la mesa de Diálogo Social, de forma reiterada. Entendemos por ello, que esta reforma da cumplimiento al hito comprometido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, pero deja aún pendientes aspectos relevantes de la protección por desempleo, por lo que emplazamos al Ministerio de Trabajo a abordarlas. 

Tampoco podemos realizar una valoración exhaustiva al respecto porque aún desconocemos el texto final. Aún a la espera de conocer el texto definitivo que publicará el BOE, como primera valoración general de lo anunciado por el Consejo de Ministros, desde nuestro sindicato valoramos positivamente los avances que recoge la reforma, singularmente el incremento de las cuantías (si bien el mismo es inferior a la inicialmente anunciada) en los primeros meses de la prestación. 

De la misma forma hemos de destacar la importancia de ampliar el acceso a los subsidios para una parte de las personas menores de 45 años cuando agotan la prestación contributiva, a las personas que trabajan en Ceuta y Melilla como trabajadoras trasfronterizas. 

También, si se confirma, la mejora en el acceso y ampliación de cobertura para quienes no acreditan cotizaciones suficientes para acceder a prestaciones contributivas, aún sin cargas familiares. La eliminación del mes de espera, entre otras medidas de simplificación que facilitan el acceso y mantenimiento de los subsidios, son también positivos.

Por otro lado, estimamos insuficiente la ampliación del acceso a los subsidios por desempleo a un mayor número de personas con menos de 45 años, si es que se mantiene la limitación a quienes hayan agotado una prestación contributiva de 360 días. Esto exige tres años de cotización que puede resultar excesivo en muchos casos.

Nos preocupa también la situación en la que han quedado las más de 120.000 personas beneficiarias que cada año se veían protegidos por alguno de los subsidios de desempleo que ahora parecen querer remitirse al Ingreso Mínimo Vital sin que cuenten con una “norma puente” que les garantice la continuidad de la protección social y que no queden excluidas del nuevo sistema o de los mecanismos de inserción laboral vinculados a la protección por desempleo. Es el caso de las actuales personas beneficiarias de la renta Activa de Inserción o el Subsidio Especial por desempleo, los emigrantes españoles retornados, las personas a las que se revisa una incapacidad permanente y vuelven a estar disponibles para el empleo, pero ya no mantienen la reserva de puesto de trabajo en sus empresas, o las personas liberadas de prisión. La ampliación del acceso al subsidio para trabajo transfronterizo en Ceuta y Melilla, es una medida positiva, su remisión a regulación posterior, nos hace esperar a la concreción de la misma.

Finalmente, debe garantizarse que la extensión del acceso al subsidio se extiende a las parejas de hecho, con hijos o sin ellos. 

De la misma forma, hemos de advertir la necesidad de revisar en su detalle la nueva regulación en relación con los subsidios de desempleo agrario previstos para Andalucía y Extremadura ya que, del texto previo conocido, se podría derivar una modificación que empeorara la preservación de periodos cotizados no consumidos para miles de personas que hoy están cubiertas por esa red de protección. 

Todas estas cuestiones, junto a aquellas materias que continúan sin haberse abordado y que forman parte de las reivindicaciones sindicales deberían abordarse en el marco del diálogo social.