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Ventajas de afiliarse a UGT

¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT?

Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT son numerosas:

 

  • Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
  • Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc.
  • Expedientes de regulación
  • Protección por desempleo
  • Prevención de riesgos laborales
  • Formación contínua adaptada a los puestos de trabajo
  • Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral

Otros Servicios

  • Vacaciones
  • Campamentos infantiles de verano
  • Ocio: Albergues
  • Establecimientos concertados
  • Seguro de accidentes en caso de fallecimiento por accidente laboral, infarto miocardio, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT

 

Cuantía de las cuotas de afiliación a UGT para el año 2026 (Básica Confederal)

Cuota Básica Confederal

15,50 euros mensuales

 

Infórmate sobre nuestra cuota básica

 

Cuota Reducida (tipo B)

10,85 euros mensuales

 

Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas de trabajo o de protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a la cantidad de 14.000 €

 

Cuota Especial de Jubilados (tipo C)

7,75 euros mensuales

 

Se aplicará a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a la cantidad de 7.000 €

 

Cuota Especial de UPA y UPTA

5,75 euros mensuales

 

Se aplicará a sus afiliados y afiliadas

 

Cuota Especial Asalariados (tipo D)

4,75 euros mensuales

 

Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas de trabajo sean iguales o inferiores a la cantidad de 7.000 €

 

Cuota Especial de Parados (tipo D)

4,75 euros mensuales

 

Se aplicará a los afiliados y afiliadas que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones

 

Cuota Especial de Parados (tipo D)

4,75 euros mensuales

 

Se aplicará a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean iguales o inferiores a la cantidad de 7.000 €

 

Cuota Especial de Estudiantes (tipo E)

1,00 euros mensuales

 

Se aplicará a estudiantes menores de 25 años y que no tengan ningún tipo de ingresos