El convenio provincial de la construcción comprende una subida salarial del 0'6%
También regula la relación entre la vacación colectiva y las bajas temporales
El sindicato UGT ha firmado el convenio colectivo de la construcción, que comprende un incremento salarial del 0’6% y la regulación del disfrute de la vacación colectiva si coincide con una incapacidad temporal. Con respecto al incremento salarial, resulta retroactivo al 1 de enero de este año, por lo que los trabajadores pueden reclamar las cantidades que pudieran deberles. En cuanto a la vacación colectiva, el convenio adapta la legislación laboral, y el trabajador podrá disfrutar de sus vacaciones hasta 18 meses después de haber sido dado de alta. Hasta ahora, si alguien era dado de baja por incapacidad temporal, iba perdiendo sus días de vacaciones. La vigencia del convenio incluye el 2015 y el 2016, coincidiendo así con el convenio estatal.
Otro punto importante es que se aclara la entrada en vigor del calendario anual: justo en el momento en que se aprueba. «Así se evitan problemas surgidos de la tardanza en su publicación en el Registro de Acuerdos Colectivos (Regcon), a lo que se aferraban algunas empresas para incumplirlo», ha señalado el secretario de política sindical de la Federación de la Construcción (MCA) de UGT Córdoba, Manuel Lopera.
El convenio de la construcción sigue respetando la jornada continua en los meses más calurosos y recoge también que los acuerdos de inaplicaciones (descuelgue del convenio) pactados en las empresas dejan de surtir efecto tal y como marca el Estatuto de los trabajadores en el artículo 82.3. Por tanto las empresas han de negociar de nuevo esos descuelgues con el convenio vigente.El sindicato UGT ha firmado el convenio colectivo de la construcción, que comprende un incremento salarial del 0’6% y la regulación del disfrute de la vacación colectiva si coincide con una incapacidad temporal. Con respecto al incremento salarial, resulta retroactivo al 1 de enero de este año, por lo que los trabajadores pueden reclamar las cantidades que pudieran deberles. En cuanto a la vacación colectiva, el convenio adapta la legislación laboral, y el trabajador podrá disfrutar de sus vacaciones hasta 18 meses después de haber sido dado de alta. Hasta ahora, si alguien era dado de baja por incapacidad temporal, iba perdiendo sus días de vacaciones. La vigencia del convenio incluye el 2015 y el 2016, coincidiendo así con el convenio estatal.
Otro punto importante es que se aclara la entrada en vigor del calendario anual: justo en el momento en que se aprueba. «Así se evitan problemas surgidos de la tardanza en su publicación en el Registro de Acuerdos Colectivos (Regcon), a lo que se aferraban algunas empresas para incumplirlo», ha señalado el secretario de política sindical de la Federación de la Construcción (MCA) de UGT Córdoba, Manuel Lopera.
El convenio de la construcción sigue respetando la jornada continua en los meses más calurosos y recoge también que los acuerdos de inaplicaciones (descuelgue del convenio) pactados en las empresas dejan de surtir efecto tal y como marca el Estatuto de los trabajadores en el artículo 82.3. Por tanto las empresas han de negociar de nuevo esos descuelgues con el convenio vigente.