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UGT-A reclama en el Parlamento que la futura ley de violencia de género ponga la lupa en el acoso sexual en el trabajo

UGT-A reclama en el Parlamento que la futura ley de violencia de género ponga la lupa en el acoso sexual en el trabajo

"Entendemos que la normativa de Violencia de Género actual, ni la estatal, ni la andaluza, trata el problema de la violencia de las mujeres en los centros de trabajo, es decir, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, con la entidad y la importancia que merece", ha asegurado Cristina García, Secretaria de Igualdad y Juventud en UGT-A, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia en el Parlamento andaluz en el trámite del Proyecto de Ley que modifica la Ley de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género en Andalucía.

24/04/2018 |

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"Como representante de una organización sindical como es UGT Andalucía, destacar que, puesto que es nuestro ámbito de actuación, mi intervención se va a centrar principalmente en todo lo que concierne a la violencia de género  en el ámbito laboral, es decir, en la defensa de los derechos laborales de las víctimas de violencia de género, y en la prevención y tratamiento de la violencia contra las mujeres en los centros de trabajo", ha aclarado Cristina García al inicio de su intervención.

"Con respecto al análisis de las modificaciones introducidas en el Proyecto de Ley que transforma laLey 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género (en adelante ley de violencia) nos gustaría destacar los aspectos siguientes:

En primer lugar, valoramos positivamente la propuesta de modificación de la norma en cuestión, pues mejora sustancialmente la definición de la Violencia de Género y amplia el ámbito de protección de las víctimas con respecto a la regulación vigente, ya que en este sentido se han aceptado algunas de las propuestas que UGT Andalucía realizó en su comparecencia en el Parlamento Andaluz el 13 de mayo de 2014, para el Grupo de Trabajo que se constituyó con objeto analizar y revisar la situación y medidas para la promoción de la igualdad de género y contra la violencia de género en Andalucía.

En esa comparecencia, desde UGT Andalucía, defendimos que las Víctimas de Acoso Sexual y Acoso por razón de sexo son víctimas de Violencia de Género, y aunque se reconoce en las definiciones de este Proyecto, no se especifica que estos dos acosos tienen una especial relevancia en el ámbito laboral.

Desde la Organización Internacionaldel Trabajo, el acoso y la violencia de género en el trabajo constituyen temas de una enorme dimensión social, que en 2016, las personas expertas en la materia se reunieron para preparar la próxima Conferencia Internacional del Trabajo que se celebrará en junio de 2018, en esta reunión se hizo  especial hincapié en que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo son inaceptables e indiscutiblemente incompatibles con el trabajo decente, por lo que deben remediarse. En sus conclusiones con respecto a la violencia, y por extensión el acoso, se afirmó lo siguiente: «Se trata de una cuestión de derechos humanos, y afecta a las relaciones en el lugar de trabajo, al compromiso de los trabajadores, a la salud, a la productividad, a la calidad de los servicios públicos y privados, y a la reputación de las empresas. Tiene repercusiones en la participación en el mercado de trabajo y, en particular, puede impedir que las mujeres se incorporen al mercado de trabajo, especialmente en los sectores y trabajos dominados por los hombres, y permanezcan en el mismo. La violencia puede socavar la toma democrática de decisiones y el Estado de derecho.». Y por estas razones se argumenta que debe abordarse “con carácter urgente”. También se plantea “la necesidad de adoptar un enfoque integrado para abordar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, que establezca responsabilidades claras para los empleadores en los sectores público y privado, los trabajadores y sus organizaciones respectivas y los gobiernos, y propicie estrategias conjuntas y modalidades de colaboración.

En base a estos planteamientos entendemos que la normativa de Violencia de Género actual, ni la estatal, ni la andaluza, trata el problema de la violencia de las mujeres en los centros de trabajo, es decir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, con la entidad y la importancia que merece.

Entendemos que el papel de la Fiscalía y de la Inspección de Trabajo en las denuncias de acoso sexual y acoso por razón de sexo es fundamental para su mejor tratamiento y corrección, y sin embargo nos encontramos con escasa o nula formación y sensibilidad en la materia. Además de una total ausencia de protocolos de cooperación y de comunicación entre ambas instituciones, lo que produce una indefensión en las víctimas y una grave impunidad a quienes las acosan.

En este sentido, nos parece especialmente relevante la falta de mecanismos de coordinación institucional, y apoyándonos en lo establecido en el Convenio de Estambul, que determina en su artículo 18.2 que Las Partes tomarán las medidas legislativas u otras necesarias, conforme a su derecho interno, para velar por que existan mecanismos adecuados para poner en práctica una cooperación eficaz entre todas las agencias estatales pertinentes, incluidas las autoridades judiciales, los fiscales, las fuerzas y cuerpos de seguridad, las autoridades locales y regionales, así como las organizaciones no gubernamentales y las demás organizaciones o entidades pertinentes para la protección y el apoyo a las víctimas y testigos de todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del presente Convenio

Por esta razón, desde UGT Andalucía, entendemos que hay que seguir trabajando en la coordinación institucional en la atención a las víctimas de violencia de género, y por ende de las víctimas de acoso sexual y acoso por razón de sexo. Queremos poner de manifiesto que se había comenzado este camino en Andalucía en el año 2013, con un Acuerdo de Coordinación institucional para la prevención de la violencia y atención a las víctimas en Andalucía, del que UGT Andalucía formaba parte, por lo que instamos al desarrollo del Acuerdo o a la realización de cualquier otra forma de coordinación institucional que se determine, pues desde el año 2015, en el que hubo un intento de ponerlo en práctica y desarrollar las comisiones provinciales, no hemos tenido noticias que se haya aplicado o desarrollado de una manera efectiva y real.

Por otro lado, desde UGT Andalucía entendemos que lo que ha fallado también en la aplicación de la normativa de Violencia es la disminución de los recursos públicos para llevarla a cabo, luego nuestra exigencia es el aumento de dotación económica para atajar este problema de forma integral, desde la propia protección a las víctimas hasta todas las medidas de sensibilización y prevención.

Vemos además un enorme déficit en la protección a las víctimas de violencia de género y a las víctimas de acoso sexual y por razón de sexo, puesto que no existe un estatus de protección de la víctima de género establecido en la norma y no hay asesoramiento jurídico y atención psicológica suficiente para el ingente número de denuncias existentes tanto en nuestro país como en nuestra comunidad autónoma.

Para centrarnos en las alegaciones al presente Proyecto, desde UGT Andalucía, destacar de nuevo, que nuestra experiencia se centra en el Servicio de Defensa Legal en casos de Discriminación Laboral por razón de Sexo, fruto de un convenio de colaboración con el Instituto Andaluz de la Mujer, desde 1997 hasta 2015. Desde este Servicio especializado hemos ejercido la defensa jurídica y procesal de mujeres víctimas de violencia de género y víctimas de acoso sexual y por razón de sexo.

Una vez conseguido el reconocimiento de víctimas de violencia de genero a las víctimas de acoso sexual y acoso por razón de sexo, repetimos en esta comparecencia la importancia que las víctimas de estos acosos puedan acceder a los mismos derechos laborales que las demás víctimas de violencia de género, como son la posibilidad de traslados, de reducciones de jornada, de ausencias justificadas del puesto de trabajo, de extinguir su relación laboral con derecho a cobrar la prestación por desempleo, etc. puesto que el foco de la violencia está en su puesto de trabajo y éstas mujeres no tienen derecho laboral alguno, instamos al Gobierno Andaluz y a este Parlamento a proponer esta modificación normativa a nivel estatal, y al menos incluir expresamente como derechos a las empleadas públicas víctimas de acoso sexual o por razón de sexo que dependan laboralmente de la Administración de la Junta de Andalucía, enfatizar el hecho que esta alegación la hicimos en el Anteproyecto y no se ha incluido en el Proyecto.

La Junta de Andalucía tiene un Protocolo de Prevención y Actuación en los casos de acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra discriminación, aprobado el 27 de octubre de 2014, y consensuado con UGT, entre otros sindicatos, sin embargo, entendemos que este Protocolo es mejorable en cuanto a la aplicación de los derechos reconocidos. Por esto creemos que sería una garantía de su propia aplicación incluir en la ley de violencia andaluza, para dar un paso mas y un mayor contenido a la definición de la consideración de víctimas de violencia de género a las mujeres que sufran acoso sexual y acoso por razón de sexo, la aplicación de los derechos laborales de las víctimas de violencia de género a las empleadas publicas que sufran estos tipos de acoso.

Es relevante que la administración sea un referente en las medidas que se instauren dentro de su propio ámbito, puesto que las mejoras del sector público luego tienen su efecto en el sector privado.

 

También nos gustaría destacar la importancia de fomentar la sensibilización en contra del acoso sexual y el acoso por razón de sexo desde la administración pública, además de incentivar la negociación y aplicación de protocolos de prevención y tratamiento de estos acosos en la propia administración y en sus entidades instrumentales, también sería necesario hacerlo en los demás sectores,  cuestión que nos concierne especialmente a los agentes sociales.

Las propuestas generales que hicimos en la anterior y mantenemos en la actual comparecencia son:

Mantener los programas de trabajo conjuntos entre la Administración de la Junta de Andalucía y los Agentes Sociales en relación con la prevención y tratamiento de la violencia de género en el ámbito laboral, impulsando conjuntamente su aplicación y efectividad.

Hacer campañas de información y prevención contra el acoso sexual y por razón de sexo en los centros de trabajo

Realizar una macroencuesta sobre acoso sexual y por razón de sexo en los centros de trabajo para Andalucía, pues en la realizada por el Parlamento Europeo hemos visto que un 30% de las mujeres entrevistadas han sufrido acoso en sus centros de trabajo, y sería muy interesante ver la dimensión de este problema en nuestra comunidad autónoma.

La aceptación de las Alegaciones realizadas por UGT Andalucía al anteproyecto, de las cuales solo se ha incluido en el actual Proyecto la que hicimos al Capítulo V. Artículo 20.1, al  que propusimos añadir que se le diera formación específica, no solo al personal responsable de la atención a las víctimas de violencia de género, sino también “al personal que forme parte de las comisiones de investigación y tratamiento de acoso sexual y acoso por razón de sexo”.

Por otro lado, desde UGT Andalucía queremos destacar y repetir que la normativa de violencia de género debe mejorarse en lo que corresponde al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, y a potenciar que las víctimas de la violencia de género tengan o mantengan su independencia económica. Seguimos insistiendo en que no nos parecen suficiente los recursos que se invierten tanto a nivel estatal como autonómico para hacerlas efectivas, pues son las dotaciones presupuestarias las que garantizan la aplicación práctica de las leyes, y si no se invierte lo suficiente en Violencia de Género, nunca se acabará con este problema ni en Andalucía ni en ningún otro lugar.

Desde UGT Andalucía reiteramos que la normativa andaluza de violencia debe establecer mecanismos para que las víctimas mantengan sus empleos si los tienen, o que accedan a empleos dignos y de calidad, pues la independencia económica es fundamental para garantizar la autonomía personal de la víctima y de los y las menores a su cargo, y entendemos que el Proyecto no ha incidido con profundidad en este tema, pues ninguna de las modificaciones es del área del empleo.

Con lo cual instamos a que compartan con UGT Andalucía, la importancia de seguir trabajando en este ámbito y en mutua colaboración".