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UGT Málaga protesta contra la sentencia del tribunal constitucional que avala el despido objetivo por enfermar

UGT MÁLAGA PROTESTA CONTRA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL QUE AVALA EL DESPIDO OBJETIVO POR ENFERMAR

En el día de hoy nos hemos concentrado a las puertas de la Subdelegación del Gobierno en Málaga para anunciar nuestro rechazo contra la sentencia del Tribunal Constitucional que avala el despido objetivo para las bajas justificadas.

27/11/2019 |

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En el día de hoy nos hemos concentrado a las puertas de la Subdelegación del Gobierno en Málaga para anunciar nuestro rechazo contra la sentencia del Tribunal Constitucional que avala el despido objetivo para las bajas justificadas.

A día de hoy, la única vía para defender el derecho a la salud en el trabajo pasa por la derogación de la reforma laboral y del artículo 52.d.(del Estatuto de los Trabajadores).

DEROGACIÓN SÍ O SÍ

Si mantenemos la reforma laboral, nos veremos abocados a reducción drástica de empleo y a la depauperación, al sometimiento a la pobreza y exclusión social en una capa cada  vez más grande de trabajadores.

El secretario general de UGT Málaga, Ramón Sanchez-Garrido, señalo “es indispensable derogar la Reforma Laboral. La Reforma Laboral NO ayuda a la recuperación del empleo, más de 1.280.000 empleos se perdieron en los años 2012 y 2013 aprobada ya dicha reformala, fomentó la precariedad, aumentando en más de 3 puntos la tasa de temporalidad que ya era la primera de Europa”.

La sentencia del TC

  • Ultimo agravio para  los trabajadores y trabajadoras.
  • TC ampara alguno de los aspectos más sangrientos de la actual regulación laboral.
  • Es un castigo directo e individualizado al trabajador por estar enfermo.
  • Dicha sentencia pone encima de la mesa lo peor de la Reforma Laboral.
  • Solo los votos particulares (3 de 4 magistrados) salvan la dignidad del TC, observando:

 

.El despido vía art. 52 d, vulnera el derecho a la permanencia al trabajo y el derecho a la salud.

. Puede suponer una discriminación indirecta y, por lo tanto, prohibida a la mujer porque ésta se encuentra en una situación más proclive y expuesta a las bajas de corta duración.

. El art. 52 d) impone un despido sin causa justa vulnerando los arts.4 y 6.2 del Convenio 158 OIT.

Sanchez-Garrido, finalizó “desde UGT no nos vamos a quedar impasibles antes estas injusticias, y vamos a actuar con algunas medidas:

  • Iniciar de forma coordinada acciones judiciales hasta donde sea posible llegar frente a los despidos basados en bajas médicas, instando al órgano judicial a que plantee la cuestión prejudicial a fin de llegar hasta el TJUE.
  • Acudir a las instancias internacionales posibles en reclamación de los derechos vulnerados (Comisión Europea y otros…).
  • Explorar todas aquellas vías que fuera necesario.