COMISIÓN SECTORIAL DE SERVICIOS DE LIMPIEZA

FeSMC UGT Andalucía, CCOO de Construcción y Servicios de Andalucía, ASPEL y AFELIN, firman en la sede de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo el PROTOCOLO DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN SECTORIAL DE SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LIMPIEZA HOSPITALARIA DE ANDALUCIA

FeSMC UGT Andalucía representada por su Secretario General Eduardo Carrillo Martínez, CCOO de Construcción y Servicios de Andalucía representada por su Secretario General José M. Sánchez Cano, ASPEL representada por Juan Díez de los Ríos, AFELIN representada por Enrique González Bedmar , en la sede de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en Avda. Albert Einstein, 4 Isla de la Cartuja de Sevilla.

04/03/2021 |

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ACUERDAN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:

 

PRIMERA. - Constitución de Comisión

Se constituye la Comisión Sectorial de Servicios de Limpieza de Edificios y Limpieza Hospitalaria de Andalucía como marco de análisis, coordinación, información y consulta sobre las materias referentes a los temas que se detallan en la cláusula CUARTA o bien para aquellos otros que formalmente se acuerden dentro del Protocolo que es objeto de acuerdo en este documento.

La Comisión podrá opinar, hacer sugerencias y establecer criterios de interpretación con todo aquello a que haga referencia a todas las materias que son objeto de constitución de la Comisión Sectorial.

Los acuerdos que tome la Comisión se trasladarán al Gobierno de la Junta de Andalucía u Organismo Público o Privado para que sean tomados en consideración y tengan una aplicación en tiempo y forma adecuados a los intereses del sector. En el supuesto de falta de aplicación por parte del Gobierno se solicitarán las motivaciones jurídicas o sus interpretaciones para que puedan ser analizadas y en su caso rebatidas por la Comisión.

SEGUNDA. - Composición

Formarán parte de esta Comisión Sectorial de Servicios de Limpieza de Edificios y Limpieza Hospitalaria de Andalucía los representantes de los sindicatos más representativos en Andalucia, por la parte empresarial AFELIM y (ASPEL).

En detalle la composición es la siguiente:

Dos miembros en representación del sindicato CCOO

Dos miembros en representación del sindicato UGT

Dos miembros en representación de la patronal AFELIN

Dos miembros en representación de ASPEL

TERCERA. - Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación comprende todos a los aspectos y materias que afecten al ámbito territorial de Andalucia.

CUARTA. - Materias objeto de la Comisión

La Comisión se pone como materias objeto de tratamiento las siguientes:

Favorecer y potenciar el reconocimiento del sector con la máxima amplitud y en todo el ámbito de la sociedad andaluza, ya sea a las diferentes administraciones, a los diferentes sectores económicos y sociales como también a toda la sociedad civil.

Definir medidas que eviten la competencia desleal, así como la vigilancia del cumplimiento de las mismas.

Búsqueda de fórmulas para valorar la profesionalidad de las empresas, como son la formación y la calidad de los servicios, su divulgación y el seguimiento de indicadores para ver su evolución.

Potenciar la cualificación profesional como elemento clave por la mejora de la productividad del sector.

Realizar propuestas de homogeneización de los convenios colectivos para trasladarlas a las mesas negociadoras correspondientes. En ningún caso la Comisión tendrá la consideración de mesa de negociación colectiva.

Análisis y propuestas de mejoras en la aplicación de las herramientas previstas en la ley de contratación pública y las aplicaciones de innovación tecnológica.

Propuestas de mejora en los pliegos de los concursos públicos buscando un documento tipo que clarifique la subrogación detallando el tipo de contratos, las condiciones contractuales específicas de las personas trabajadoras, y toda aquella información que sea necesaria para que haya la máxima transparencia, tanto pública como privada.

Definir las propuestas económicas de contratación mínima en los pliegos de los concursos públicos y/o privados que garanticen los salarios de convenio más los gastos sociales y los materiales necesarios, ropa de trabajo, prevención de riesgos laborales, vigilancias de la salud, y todos aquellos otros elementos que conforman lo que en el sector se denomina "valor óptimo".

Analizar las variantes de subcontratación de servicios para instar a las Administraciones Públicas y/o privadas a que se cumplan las limitaciones previstas en la LCSP o bien para aportar las sugerencias que se estimen oportunas para la mejora del sector.

Instar a las Administraciones Públicas y/o privadas para que las empresas que no estén al día de sus obligaciones impositivas, así como a las que no cumplan las normativas en materia de riesgos laborales y salud e higiene no sean adjudicarías de los servicios.

Participar en el proceso de consulta, audiencia pública y dictamen del anteproyecto de Ley regulador del Tribunal de la Competencia de Andalucia en materia de contratación.

Seguimiento y opinión del grado de aplicación de las innovaciones tecnológicas.

Vigilancia de la aplicación del Acuerdo de competitividad en el sector de los Servicios de Limpieza de Edificios y Limpieza Hospitalaria.

Todas aquellas otras materias que se consideren de importancia para el sector y que formalmente se acuerden dentro del reglamento de régimen interno.

Vigilancia del cumplimiento de la aplicación de los Planes de Igualdad y Conciliación.

QUINTA. - Comisiones técnicas

De acuerdo con las necesidades que en cada momento se puedan generar, la Comisión Sectorial podrá constituir comisiones técnicas para el tratamiento, estudio y propuestas de temas que de manera transversal puedan afectar a las materias objeto de los acuerdos logrados en la Comisión Sectorial de Servicios de Limpieza de Edificios y Limpieza Hospitalaria.

Estas comisiones serán paritarias, sin perjuicio de los asesores que las partes acuerden aportar y sus dictámenes serán preceptivos en los temas que les son propios.

SEXTA. - Régimen de funcionamiento

Para garantizar el funcionamiento ágil y eficaz de la Comisión las partes firmantes se comprometen a elaborar un reglamento de régimen interno de la Comisión Sectorial de Servicios de Limpieza de Edificios y Hospitales que habrá de estar elaborado a los sesenta días de la entrada en vigor del presente documento.

Como mínimo, el reglamento deberá tratar sobre:

  • Régimen de reuniones. Convocatorias y plazos
  • Asistentes. Asesores
  • Desarrollo de las sesiones
  • Presidencia, secretaría y actos
  • Acuerdos. Quórum. Comunicación y registro
  • Resolución de consultas
  • Propuestas de modificación

SEPTIMA. - Comisión de seguimiento

Para garantizar la máxima eficiencia en el logro de sus objetivos y acuerdos, la Comisión Sectorial nombrará una comisión de seguimiento integrada por un

representante de cada una de las partes con las funciones de observar el funcionamiento y hacer el seguimiento de la Comisión y proponer si es necesario las medidas de corrección.

Las partes se comprometen a someter sus discrepancias o desavenencias a la Comisión y han de resolverse conforme a lo que establezca el Reglamento de Funcionamiento Interno.